Quiero abrir un Estanco, ¿Cómo lo hago?

Cómo montar un estanco

Quien desee montar un estanco sólo podrá hacerlo de dos maneras: comprando una licencia de las ya existentes o adjudicándose una licencia nueva, lo cual tiene lugar a través de subasta pública.

Compra de una licencia existente

Si se opta por una licencia ya existente, o, lo que es lo mismo, por la compra de un estanco, lo primero que deberá realizarse es la compraventa del mismo, que tendrá lugar entre comprador y vendedor sin más intervenciones.

Seguidamente, tendrá que tramitarse la licencia inter-vivos, que es la transmisión de la titularidad. Aquí no bastará con la participación de ambos particulares, sino que en realidad será el Comisionado para el Mercado de Tabacos quien decidirá, pudiendo denegarla por diversos motivos, como el hecho de que la licencia esté embargada o que existan sanciones pendientes impuestas al estanquero.

Licencia por subasta pública

¿Quién puede concurrir?

Puede concurrir a la subasta pública cualquier persona física que reúna los siguientes requisitos:

  • Vivir en un municipio o ciudad que le permita gestionar el establecimiento
  • Comprometerse a gestionar el estanco personalmente, aunque puede tener los dependientes que necesite
  • No ser titular de otro estanco
  • No tener ningún vínculo con fabricantes ni importadores de tabaco
  • No tener deudas pendientes con las administraciones del Estado
  • No tener antecedentes penales
  • No haber sido condenado por contrabando
  • No haber sido inhabilitado como empresario

Mostrador para estancos

Local

Para poder abrir un estanco se ha de disponer de un local, ya sea de propiedad, alquiler, cesión, etc, el cual deberá encontrarse situado en la zona geográfica determinada en la convocatoria. Además, dicho local no deberá encontrarse en situación de quiebra o suspensión de pagos, ni haber dado lugar a que hubiera sido revocada otra concesión.
Una vez adjudicada la licencia se debe acondicionar el local, por lo que puedes contactar con nuestra empresa, ya que somos especialistas en fabricación, instalación y montaje de mobiliario para estancos.

Además, se valorarán otros elementos, como la distancia que le separa de los estancos más cercanos, así como también de los centros docentes. También se tendrá en cuenta la superficie útil del local en cuestión.

Otros requisitos a tener en cuenta para poder abrir un estanco:

– La distancia entre estancos no puede ser de menos de 150 metros, a menos que la rentabilidad de la zona o las exigencias del servicio así lo aconsejen.
– El estanco no podrá cambiarse de lugar, excepto en ocasiones especiales y con la autorización del Comisionado de Tabacos.
– La duración de las concesiones es de 25 años.

Gana la adjudicación en la subasta el mejor precio ofertado, partiendo del mínimo que se establece para cada zona.

Tras ser aprobada por Real Decreto la convocatoria de la subasta, ésta será publicada en el Boletín Oficial del Estado, y a partir de este momento el aspirante tendrá un plazo concreto para que pueda presentar la correspondiente candidatura. En este momento deberá abonar las tasas correspondientes, cuya cantidad puede consultar en el Comisionado de Tabacos.

Una vez adjudicada la licencia, la persona a quien se le conceda deberá pagar un canon anual, el cual se calcula a partir de referencias como el volumen de población o el de negocio.

Márgenes para el expendedor

Los márgenes de las ventas que quedan para el expendedor son, sobre el precio de venta al público son los siguientes:

  • De la venta de cigarros: 9%
  • De la venta del resto de tabaco: 8’5%
  • De la venta de franqueo y timbrado: 4%